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Artículo 49 del Reglamento de Comunicaciones del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Evaluación Técnica de Factibilidad de Incorporación e Impacto Vial es como el permiso que te da el gobierno para construir un edificio o un negocio grande, pero analizando si las calles de alrededor van a aguantar el tráfico extra de carros y gente que va a llegar. La Secretaría (la dependencia de gobierno encargada) revisa si es viable agregar ese nuevo flujo vehicular y peatonal a las avenidas o carreteras, ya sean gratis o de cuota. Si resulta que sí se puede, pero va a causar problemas viales, el permiso te va a pedir que hagas ciertas obras o tomes medidas para reducir el desmadre en el tráfico.

Texto oficial

Artículo 49. La Evaluación Técnica de Factibilidad de Incorporación e Impacto Vial es la resolución técnica de la Secretaría que determina la factibilidad de incorporar a la infraestructura vial o de cuota, el flujo vehicular y peatonal previsto, como consecuencia de la construcción, ampliación, modernización u operación de edificaciones o instalaciones de impacto urbano, así como las obras y acciones que, en su caso, deban llevarse a cabo para mitigar su efecto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

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