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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl7/54
Ley
Reglamento de Comunicaciones del Estado de México
Artículo
54

Artículo 54 del Reglamento de Comunicaciones del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene validez. "Derogado" significa que se canceló por completo, como cuando borras una regla del manual. Así que ya no debes tomarlo en cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 54. Derogado.

Ver texto oficial del Reglamento de Comunicaciones del Estado de México (pág. 23) ↗

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