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Ley
Reglamento de Comunicaciones del Estado de México
Artículo
74

Artículo 74 del Reglamento de Comunicaciones del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia encargada del tema) va a ponerse de acuerdo con los gobiernos federal y municipales, y también con empresas o personas particulares, para mejorar, ampliar y hacer que funcione mejor todo lo relacionado con las telecomunicaciones en el Estado. Además, cada cierto tiempo va a revisar cómo está funcionando la infraestructura (como antenas, cables y redes), va a dar sugerencias para mejorarla y va a ayudar a mantenerla en buen estado. También va a impulsar la capacitación de la gente, la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías en este ámbito.

Texto oficial

Artículo 74. La Secretaría establecerá los mecanismos de gestión y coordinación con los gobiernos federal y municipales, y de concertación con los particulares, para la modernización, ampliación y óptimo funcionamiento de las telecomunicaciones en el Estado. Asimismo, evaluará periódicamente el funcionamiento de la infraestructura de telecomunicaciones, hará las recomendaciones necesarias y coadyuvará a su mejoramiento y conservación, promoviendo la capacitación, investigación y desarrollo tecnológico.

Ver texto oficial del Reglamento de Comunicaciones del Estado de México (pág. 30) ↗

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