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Artículo 75 del Reglamento de Comunicaciones del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría puede pedir información a las empresas de telecomunicaciones sobre el tipo y cobertura de sus servicios, tanto los que ya ofrecen como los que planean ofrecer. Esto lo hace para organizar y planear mejor sus actividades. Las empresas que operan en el Estado están obligadas a proporcionar esa información si se les solicita.

Texto oficial

Artículo 75. La Secretaría para la planeación y programación de sus actividades, podrá solicitar información a las empresas de telecomunicaciones que operen en el Estado, relacionada con el tipo y cobertura de servicios que presten o que pretendan prestar dichas empresas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.