Artículo 75 del Reglamento de Comunicaciones del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría puede pedir información a las empresas de telecomunicaciones sobre el tipo y cobertura de sus servicios, tanto los que ya ofrecen como los que planean ofrecer. Esto lo hace para organizar y planear mejor sus actividades. Las empresas que operan en el Estado están obligadas a proporcionar esa información si se les solicita.
Texto oficial
Artículo 75. La Secretaría para la planeación y programación de sus actividades, podrá solicitar información a las empresas de telecomunicaciones que operen en el Estado, relacionada con el tipo y cobertura de servicios que presten o que pretendan prestar dichas empresas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.