Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl70/100
Ley
Reglamento de Salud del Estado de México
Artículo
100

Artículo 100 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas encargadas de la salud tienen que asegurarse de que todo lo que se hace con los productos, las actividades y los servicios que se ofrecen cumplan con las reglas de limpieza y seguridad que marca la ley. Esto aplica, por ejemplo, a restaurantes, fábricas de comida o clínicas. Si algo no está bien hecho, ellos son los responsables de revisarlo y corregirlo para que no pase nada malo a las personas. En pocas palabras, su deber es verificar que todo esté en orden según lo que dicen las normas sanitarias.

Texto oficial

Artículo 100.- Los responsables sanitarios deberán vigilar y supervisar que el proceso de los productos, la realización de actividades y la prestación de servicios se ajuste a los requisitos sanitarios establecidos en las disposiciones legales y en las normas técnicas estatales.

Ver texto oficial del Reglamento de Salud del Estado de México (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.