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Artículo 111 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso para vender alimentos o bebidas en la calle, ese permiso se tiene que renovar cada seis meses. Para que te lo renueven, debes seguir cumpliendo con todos los requisitos que pide la ley. Tienes que pedir la renovación dentro de los 30 días antes de que se venza el permiso, ni antes ni después. Si no lo haces en ese tiempo, podrías perder el permiso.

Texto oficial

Artículo 111.- Los permisos sanitarios expedidos al comercio de alimentos y bebidas en la vía pública, en los términos del Código, este Reglamento y las normas técnicas estatales correspondientes, deberán revalidarse cada seis meses, siempre y cuando se sigan cumpliendo los requisitos y condiciones que marquen las disposiciones legales. La solicitud de revalidación deberá presentarse dentro de los treinta días anteriores al de su vencimiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.