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Artículo 119 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La COPRISEM (que es la autoridad de salud en el Estado de México) es la encargada de revisar y vigilar que los lugares donde vendan o sirvan comida y bebidas no alcohólicas cumplan con las reglas de higiene. Esto aplica sin importar si los alimentos están frescos, preparados o empaquetados, y ya sea que te los comas ahí o te los lleves. Para hacerlo, la COPRISEM debe seguir las leyes federales y locales, como las Normas Oficiales Mexicanas y el reglamento de tu estado. En pocas palabras, esta autoridad se asegura de que todo esté limpio y seguro en los puestos, restaurantes o tiendas de alimentos.

Texto oficial

Artículo 119. La “COPRISEM” ejercerá la regulación y control sanitario de los establecimientos que expendan o suministren al público alimentos y bebidas no alcohólicas, en estado natural, mezclados, preparados, adicionados o acondicionados, para su consumo dentro o fuera del mismo establecimiento, en términos de las normas oficiales mexicanas, el Código Administrativo, el presente Reglamento y normas técnicas estatales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.