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Artículo 144 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 144 dice que todos los productos de limpieza que uses para barrer, trapear, lavar o mantener en buen estado cualquier lugar deben cumplir con las reglas que ya están establecidas en otras leyes o normas. Eso significa que estos productos no pueden ser cualquier cosa, sino que deben estar aprobados y ser seguros para usarse. En pocas palabras, los fabricantes tienen la obligación de que sus artículos de aseo cumplan con lo que marca la ley.

Texto oficial

Artículo 144.- Los productos de aseo utilizados en la limpieza, mantenimiento y conservación, en su caso, deberán cumplir los requisitos que señalen las disposiciones en la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.