Artículo 144 del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 144 dice que todos los productos de limpieza que uses para barrer, trapear, lavar o mantener en buen estado cualquier lugar deben cumplir con las reglas que ya están establecidas en otras leyes o normas. Eso significa que estos productos no pueden ser cualquier cosa, sino que deben estar aprobados y ser seguros para usarse. En pocas palabras, los fabricantes tienen la obligación de que sus artículos de aseo cumplan con lo que marca la ley.
Texto oficial
Artículo 144.- Los productos de aseo utilizados en la limpieza, mantenimiento y conservación, en su caso, deberán cumplir los requisitos que señalen las disposiciones en la materia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.