Artículo 15 del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te den servicios de salud, a veces te pueden cobrar una cuota de recuperación, que es como un pago simbólico. Ese cobro tiene que seguir las reglas de un acuerdo que firme el gobierno federal. Para calcular cuánto te toca pagar, van a ver cuánto costó el servicio y también tu situación económica. La idea es que pagues según lo que ganas, para que sea justo. Si no tienes dinero para pagar o vives en una zona muy pobre, no te deben cobrar nada, según las reglas que se publiquen.
Texto oficial
Artículo 15.- Las cuotas de recuperación que en su caso se recauden por la prestación de servicios de salud, se ajustarán al convenio de coordinación que se celebre en la materia con el Ejecutivo Federal. Para la determinación de cuotas de recuperación se tomará en cuenta el costo de los servicios y las condiciones socioeconómicas del usuario. Las cuotas de recuperación se fundarán en principios de solidaridad social y guardarán relación con los ingresos de los usuarios, debiéndose eximir del pago al usuario que carezca de recursos para cubrirlas, o en las zonas de menor desarrollo económico y social de conformidad a las disposiciones que se emitan al respecto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.