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Ley
Reglamento de Salud del Estado de México
Artículo
16

Artículo 16 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud y el Instituto, junto con las autoridades educativas, se encargan de supervisar que los doctores, enfermeros, técnicos y demás trabajadores de la salud en los estados estén haciendo bien su trabajo. Esto aplica a todos los que dan servicios médicos, desde profesionales hasta auxiliares. Su labor es revisar que cumplan con las reglas y normas al atender a la gente.

Texto oficial

Artículo 16.- La Secretaría y el Instituto en coordinación con las autoridades educativas, vigilarán en los Estados, el ejercicio de los profesionales, técnicos y auxiliares de la salud en la prestación de los servicios respectivos.

Ver texto oficial del Reglamento de Salud del Estado de México (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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