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Artículo 16 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud y el Instituto, junto con las autoridades educativas, se encargan de supervisar que los doctores, enfermeros, técnicos y demás trabajadores de la salud en los estados estén haciendo bien su trabajo. Esto aplica a todos los que dan servicios médicos, desde profesionales hasta auxiliares. Su labor es revisar que cumplan con las reglas y normas al atender a la gente.

Texto oficial

Artículo 16.- La Secretaría y el Instituto en coordinación con las autoridades educativas, vigilarán en los Estados, el ejercicio de los profesionales, técnicos y auxiliares de la salud en la prestación de los servicios respectivos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.