Artículo 154 del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno de cada estado va a crear una regla técnica que diga cómo deben ser las fosas, criptas y nichos que se construyan en los panteones. Ahí se va a indicar qué tan hondo se puede excavar y de qué manera se tiene que construir. Esto es para que todos los lugares donde entierren personas cumplan con las mismas medidas de seguridad.
Texto oficial
Artículo 154.- La norma técnica estatal fijará las especificaciones generales de los distintos tipos de fosas, criptas y nichos que hubieren de construirse en cada panteón, indicando la profundidad máxima que pueda excavarse y los procedimientos de construcción.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.