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Artículo 213 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te quedas en un hotel o un lugar similar y te dan jabón o estropajo (como una esponja o zacate para enjabonarte), esos artículos deben ser nuevos, sin que nadie los haya usado antes. Después de que los uses, el establecimiento los debe tirar a la basura, no los puede volver a dar a otra persona. Esto aplica solo si el lugar te los proporciona, no si tú llevas los tuyos.

Texto oficial

Artículo 213.- Los jabones y los estropajos, zacates o lienzos propios para enjabonar, cuando sean proporcionados por el establecimiento serán nuevos; mismos que después de usarlos deberán ser desechados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.