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Ley
Reglamento de Salud del Estado de México
Artículo
22

Artículo 22 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si ves un accidente o alguien necesita atención médica urgente, tienes que ayudar para que esa persona llegue al hospital más cercano donde pueda recibir ayuda rápido. Esto aplica tanto para personas como para empresas o instituciones, sean del gobierno o privadas. El hospital puede después enviar al paciente a otro lugar si se requiere. Si es necesario, debes pedir la ayuda del Ministerio Público (la autoridad que investiga delitos).

Texto oficial

Artículo 22.- Las personas físicas o morales públicas o privadas que tengan conocimiento de accidentes o que alguna persona requiera de la prestación urgente de servicios de salud cuidarán por los medios a su alcance, que los mismos sean trasladados a los establecimientos de salud más cercanos, en los que puedan recibir atención inmediata, sin perjuicio de su posterior remisión a otras instituciones, solicitando, en su caso, la intervención del Ministerio Público.

Ver texto oficial del Reglamento de Salud del Estado de México (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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