Artículo 22 del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si ves un accidente o alguien necesita atención médica urgente, tienes que ayudar para que esa persona llegue al hospital más cercano donde pueda recibir ayuda rápido. Esto aplica tanto para personas como para empresas o instituciones, sean del gobierno o privadas. El hospital puede después enviar al paciente a otro lugar si se requiere. Si es necesario, debes pedir la ayuda del Ministerio Público (la autoridad que investiga delitos).
Texto oficial
Artículo 22.- Las personas físicas o morales públicas o privadas que tengan conocimiento de accidentes o que alguna persona requiera de la prestación urgente de servicios de salud cuidarán por los medios a su alcance, que los mismos sean trasladados a los establecimientos de salud más cercanos, en los que puedan recibir atención inmediata, sin perjuicio de su posterior remisión a otras instituciones, solicitando, en su caso, la intervención del Ministerio Público.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.