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Artículo 29 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno, junto con los hospitales y escuelas, debe promover actividades como talleres, deportes y eventos culturales, sobre todo para niños y jóvenes, para cuidar su salud mental. También tienen que hacer campañas para evitar que la gente consuma drogas, inhalantes o sustancias que dañen la mente o creen adicción. Además, deben dar atención mental a las personas que están en la cárcel o en centros del gobierno que no son hospitales psiquiátricos. Por último, deben apoyar cualquier otra cosa que ayude a mantener sana la mente de la población.

Texto oficial

Artículo 29.- Para la promoción y atención de salud mental, la Secretaría y las instituciones de salud en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, fomentarán y apoyarán: I. El desarrollo y difusión de actividades educativas, socio culturales y recreativas, destinadas preferentemente a la infancia y a la juventud. II. La realización y difusión de programas para la prevención del uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes, inhalantes y otras sustancias que puedan causar alteraciones mentales o dependencia a éstas. III. La atención a los enfermos mentales que se encuentren en reclusorios del Estado o en otras instituciones estatales no especializados en salud mental. IV. Las demás acciones que directa o indirectamente contribuyan al fomento de la salud mental de la población.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.