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Ley
Reglamento de Salud del Estado de México
Artículo
291

Artículo 291 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades de salud van a tener campañas todo el año para informar a la gente sobre cómo vacunar y cuidar a sus mascotas (como perros y gatos) que puedan contagiarse de rabia u otras enfermedades que se pasan a los humanos. Los trabajadores de los centros antirrábicos tienen la obligación de ayudar en estas campañas, y además, en esos centros siempre va a haber vacunas disponibles, sin importar la fecha. O sea, no nada más durante las campañas, sino en cualquier momento que las necesites.

Texto oficial

Artículo 291.- Las autoridades sanitarias mantendrán campañas permanentes de orientación a la población, enfocadas a la vacunación y control de animales domésticos susceptibles de contraer rabia u otra enfermedad potencialmente transmisible al hombre. El personal de los centros antirrábicos está obligado a participar en estas campañas, independientemente de que en estos establecimientos habrá vacuna disponible en todo tiempo.

Ver texto oficial del Reglamento de Salud del Estado de México (pág. 40) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.