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Artículo 300 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los organismos públicos descentralizados (esas oficinas o instituciones del gobierno que no dependen directamente de un ministerio) deben seguir las reglas y el presupuesto que se fijen para hacer sus programas de investigación. Así que, cuando planeen sus proyectos de estudio, tienen que ajustarse a lo que ya esté definido en los lineamientos oficiales. Nada de inventar por su cuenta sin considerar lo que ya se acordó a nivel general.

Texto oficial

Artículo 300.- En la elaboración de sus programas de investigación de los organismos públicos descentralizados tomarán en cuenta los lineamientos programáticos y presupuestales que se establezcan en la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

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