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Ley
Reglamento de Salud del Estado de México
Artículo
306

Artículo 306 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada organismo público descentralizado (como hospitales, institutos o centros de investigación del gobierno) va a ofrecer estudios avanzados, como especialidades, maestrías y doctorados, además de diplomados y cursos de actualización, en los temas que dominan. También ayudará a capacitar y actualizar al personal con cursos, pláticas, seminarios y actividades parecidas. En otras palabras, estas instituciones no solo investigan o dan servicios, sino que también te enseñan o te dan herramientas para que sigas aprendiendo en tu trabajo o profesión.

Texto oficial

Artículo 306.- Cada organismo público descentralizado impartirá estudios de postgrado, especialidades, subespecialidades, maestrías y doctorados, así como diplomados y educación continúa en las áreas de su conocimiento. Asimismo, participará en la capacitación y actualización de recursos humanos, a través de cursos, conferencias, seminarios, diplomados y otros similares.

Ver texto oficial del Reglamento de Salud del Estado de México (pág. 47) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.