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Ley
Reglamento de Salud del Estado de México
Artículo
33

Artículo 33 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los hospitales, clínicas y escuelas tienen la obligación de crear grupos de trabajo llamados Comités de Prevención de la Mortalidad Materno Infantil. Estos comités sirven para estudiar por qué mueren mamás y bebés, juntar información y sacar conclusiones sobre el problema. Con base en eso, deben tomar las medidas necesarias para evitar que sigan muriendo. En pocas palabras, buscan proteger la vida de las mujeres embarazadas y de los recién nacidos.

Texto oficial

Artículo 33.- Las instituciones de salud y las autoridades educativas, tendrán la responsabilidad de promover y organizar Comités de Prevención de la Mortalidad Materno Infantil, a efecto de investigar, sistematizar y evaluar el problema y adoptar las medidas conducentes.

Ver texto oficial del Reglamento de Salud del Estado de México (pág. 10) ↗

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