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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl70/34
Ley
Reglamento de Salud del Estado de México
Artículo
34

Artículo 34 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los papás, tutores o quienes cuidan legalmente a un niño o niña tienen la obligación de velar por su salud física y mental, pero no son los únicos. El gobierno y toda la sociedad también deben ayudar a que los menores estén sanos y seguros. En pocas palabras, si un niño necesita atención médica o apoyo emocional, todos tenemos parte de la responsabilidad.

Texto oficial

Artículo 34.- La protección de la salud física y mental de los menores es una responsabilidad que comparten los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad sobre ellos, el Estado y la sociedad en general.

Ver texto oficial del Reglamento de Salud del Estado de México (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.