Artículo 39 del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 39 dice que cualquier persona que trabaje como médico, enfermero, técnico en salud o en cualquier otra actividad relacionada con la salud debe seguir las reglas del Código Sanitario y sus reglamentos. Eso incluye desde doctores hasta asistentes o especialistas. Básicamente, si te dedicas a algo de salud en el Estado, tienes que cumplir con lo que marca la ley para poder trabajar. No importa si eres profesional o auxiliar, todos tienen que ajustarse a esas normas.
Texto oficial
Artículo 39.- En el Estado el ejercicio de los profesionales, de las actividades técnicas y auxiliares y de las especialidades para la salud, se sujetará a las disposiciones del Código y su reglamentación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.