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Artículo 5 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La COPRISEM puede tomar sus propias decisiones en cómo organizarse, cómo hacer su trabajo y cómo operar en el día a día, pero no maneja su propio dinero como si fuera independiente. Su presupuesto viene de dos lados: primero, del dinero que el gobierno del Estado de México le asigne cada año según sus leyes de ingresos y gastos. Segundo, de cualquier otro recurso económico que le den después para que pueda funcionar. En pocas palabras, la COPRISEM tiene libertad para actuar, pero depende del gobierno para recibir su presupuesto.

Texto oficial

Artículo 5. La COPRISEM tendrá únicamente autonomía administrativa, técnica y operativa y su presupuesto estará constituido por: I. Las asignaciones que establezca la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Estado de México. II. Los recursos financieros que le sean asignados, así como aquellos que, en lo sucesivo, se destinen a su servicio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.