- Ley
- Reglamento de Salud del Estado de México
- Artículo
- 5 Bis
Artículo 5 Bis del Reglamento de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La COPRISEM es una dependencia de salud que, aunque depende de la Secretaría de Salud del estado, tiene cierta independencia para funcionar. Su jefe se llama Comisionado Estatal, y es elegido directamente por el Gobernador, pero solo después de que el Secretario de Salud le sugiera a la persona adecuada para el puesto. Además, el Secretario de Salud es quien tiene la tarea de vigilar y asegurarse de que la COPRISEM haga bien su trabajo.
Texto oficial
Artículo 5 Bis. Al frente de la COPRISEM estará un Comisionado Estatal, el cual será nombrado por el Gobernador Constitucional, a propuesta del Secretario de Salud, a quien le corresponderá la supervisión de este órgano desconcentrado. CAPITULO II DEL CONSEJO DE SALUD DEL ESTADO
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