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Artículo 72 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La COPRISEM (la autoridad sanitaria de tu estado) puede emitir un certificado que diga que un negocio, vehículo o servicio cumple con las reglas de limpieza e higiene. Ese papel dura un año y se da solo para ciertos rubros acordados con la Secretaría de Salud. Si después de ese año el lugar o actividad sigue en las mismas condiciones de higiene comprobadas por una visita de verificación, puedes renovarlo. En pocas palabras, es como un sello de buena higiene que debes renovar cada año si todo está en orden.

Texto oficial

Artículo 72. La “COPRISEM” podrá expedir certificados de condiciones y prácticas sanitarias en los rubros que se determine con la Secretaría, con validez de un año a las actividades, establecimientos, vehículos y servicios materia del presente Reglamento. Dichos certificados podrán renovarse de subsistir las condiciones y prácticas sanitarias que dieron origen a su expedición, lo que deberá comprobarse por parte de el Instituto con la verificación respectiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.