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Artículo 90 del Reglamento de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los carros, camiones o combis que se usan para llevar pasajeros en transporte público tienen que pasar por un control de salud, es decir, deben ser revisados para evitar que propaguen enfermedades o contaminen. La única excepción son los vehículos que hacen viajes entre estados, como los autobuses foráneos, porque esos no entran en esta regla. En pocas palabras, si manejas un taxi, una van o un camión urbano, las autoridades pueden inspeccionarlo para asegurarse de que esté limpio y seguro.

Texto oficial

Artículo 90.- Quedan sujetos a control sanitario, los vehículos automotores destinados al transporte público de pasajeros, con excepción de los destinados al transporte federal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.