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Ley
Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios
Artículo
104

Artículo 104 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los documentos que vienen pegados a un contrato pueden ser declarados como secretos, pero solo si la ley de transparencia del Estado de México lo permite. Eso significa que el público no podría ver esos papeles si se consideran información reservada. No es automático, tiene que cumplir con los requisitos de esa ley para ocultarlos. En pocas palabras, no todo lo que está en los anexos es público, solo si la ley dice que puede serlo.

Texto oficial

Artículo 104. La información contenida en los anexos del contrato podrá ser clasificada como reservada, de conformidad con lo previsto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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