Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 15 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 15 dice que, después de que el jefe de la Dependencia Coordinadora de Sector dé su visto bueno, el documento debe publicarse en un máximo de 10 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) en la “Gaceta del Gobierno” (el periódico oficial del Estado de México) y en las páginas web de la Unidad Contratante y de la misma Dependencia. La Secretaría decide cómo debe verse ese formato. En resumen, una vez que dan el 'sí', tienen hasta 10 días para sacarlo en internet y en el periódico oficial.

Texto oficial

Artículo 15. Una vez obtenido el acuerdo del titular de la Dependencia Coordinadora de Sector, se procederá a su publicación en un término no mayor a diez días hábiles, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” y en la Página Oficial de Internet de la Unidad Contratante y de la Dependencia Coordinadora de Sector en el formato que determine la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.