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Artículo 85 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para participar en una licitación o concurso, la persona o empresa que presente una propuesta debe tener permiso legal para firmar contratos o estar autorizada por quien tenga ese poder, tal como lo piden las reglas de la convocatoria. Si solo quieres estar presente cuando se abran las propuestas, basta con llevar un escrito donde afirmes, bajo protesta de decir verdad, que tienes la capacidad de comprometerte a ti mismo o a la empresa que representas. Cuando el Desarrollador (la empresa que gane) firme el contrato final, deberá comprobar su identidad legal y los permisos de sus representantes con un documento hecho ante un notario público.

Texto oficial

Artículo 85. Las propuestas deberán presentarse por quien tenga capacidad jurídica para obligarse o con facultades legales suficientes para representar y obligar al Concursante, en los términos señalados en las Bases. Para intervenir en los actos de presentación y apertura de propuestas, bastará que los participantes presenten un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que cuentan con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representado. El Desarrollador con quien se suscriba el contrato deberá acreditar su personalidad jurídica y las facultades de sus representantes, mediante instrumento expedido por fedatario público.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.