Artículo 91 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno revisa las propuestas para un proyecto, no solo busca la opción más barata. Lo que realmente le interesa es encontrar la que ofrezca el mejor equilibrio entre calidad técnica y condiciones financieras. Es decir, una propuesta puede costar un poco más, pero si cumple mejor con lo que necesita la gente, esa es la que va a ganar.
Texto oficial
Artículo 91. En la evaluación de las propuestas, la Unidad Contratante deberá procurar las mejores condiciones para atender las necesidades públicas a satisfacer con el Proyecto, por lo que se considerará que las mejores condiciones económicas son aquellas que hayan cumplido satisfactoriamente los requerimientos técnicos, ponderados con los elementos Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 24 de octubre de 2018. Última reforma POGG 21 de enero de 2022. REGLAMENTO DE LA LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 25 financieros, sin que necesariamente impliquen un menor gasto o inversión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.