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Artículo 20 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de un grupo especial dentro del gobierno, llamado Comité Permanente de Dirección Estratégica e Innovación. Este grupo se encarga de planear cómo mejorar los procesos del gobierno, usar mejor la tecnología y ofrecer servicios digitales para la ciudadanía. El comité está formado por representantes de varias áreas, como la Dirección General, la Secretaría de Educación y la Universidad Autónoma del Estado de México. También participan dependencias que manejan finanzas, ciencia y derechos humanos.

Texto oficial

Artículo 20. El Comité Permanente de Dirección Estratégica e Innovación atenderá lo relacionado con la planeación estratégica, los Estándares, la optimización de procesos, y la innovación tecnológica, así como trámites y servicios digitales. Dicho órgano colegiado se integrará por un representante de: I. La Dirección; II. La Vicepresidencia del Consejo; III. El Secretario Ejecutivo; IV. La Comisión Estatal de Mejora Regulatoria; V. La Dirección General de Innovación perteneciente a la Secretaría de Finanzas; VI. La Universidad Autónoma del Estado de México; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 24 de agosto de 2019. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY DE GOBIERNO DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 10 VII. La Secretaría de Educación; VIII. La Dirección General de Planeación y Gasto Público perteneciente a la Secretaría de Finanzas; IX. La Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, y X. El Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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