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Artículo 30 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección se encarga de organizar todo lo necesario para crear y actualizar la Agenda Digital, que es como un plan de trabajo para usar la tecnología en el gobierno. Después de prepararla, se la entrega al Secretario Técnico del Consejo, que es la persona encargada de mostrarla a los demás miembros. Ellos son los que al final deciden si la aprueban o no. En resumen, la Dirección hace el trabajo pesado, pero el Consejo tiene la última palabra.

Texto oficial

Artículo 30. La Dirección coordinará los trabajos para la elaboración y revisión de la Agenda Digital, que enviará al Secretario Técnico del Consejo, para su respectiva presentación y, en su caso, aprobación por parte del Consejo. SECCIÓN SEGUNDA DEL PROGRAMA ESTATAL

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.