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Artículo 38 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección tiene la tarea de hacer un borrador de los Estándares (que son como las reglas o guías a seguir) y dárselo al Secretario Técnico del Consejo. Estos Estándares se crean y se ponen al día tomando en cuenta los temas que ya marca la Ley, y se organizan según las reglas que decida la misma Dirección. En otras palabras, ellos diseñan cómo van a funcionar esas reglas y las actualizan cuando sea necesario.

Texto oficial

Artículo 38. Corresponde a la Dirección formular el proyecto de Estándares y entregarlo al Secretario Técnico del Consejo. Los Estándares serán elaborados y actualizados respecto a los rubros que establece la Ley y estructurados con base en los criterios que determine la Dirección.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.