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Artículo 45 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El encargado de tomar notas en cada comité interno tiene que informar cada tres meses cómo va el plan de trabajo. Debe hacerlo usando las herramientas que le dé la dirección y siguiendo las fechas que el consejo autorice. Es como cuando en la escuela tienes que entregar un reporte de avances cada cierto tiempo. La idea es que todos sepan si se están cumpliendo las tareas acordadas.

Texto oficial

Artículo 45. El Secretario Técnico de cada Comité Interno, deberá reportar el avance trimestral de sus respectivos Programas de Trabajo, a través de los medios que la Dirección proporcione para tal efecto y conforme al calendario que apruebe el Consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.