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Artículo 47 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretario Técnico de cada Comité Interno es como el encargado de juntar y presentar ideas para mejorar o cancelar proyectos. Estas ideas las lleva ante el Comité, que es el grupo de personas que decide si las aceptan o no. Si un proyecto no está funcionando, el Secretario propone cómo cambiarlo o, si es necesario, terminarlo por completo. Al final, el Comité es el que da el visto bueno para que esas propuestas se hagan realidad. En pocas palabras, el artículo dice que el Secretario sugiere qué hacer con los proyectos y el Comité decide si sigue adelante o no.

Texto oficial

Artículo 47. El Secretario Técnico de cada Comité Interno, presentará ante dicho Comité, para su aprobación, las propuestas que permitan reconducir o cancelar los proyectos en la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.