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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl719/54
Ley
Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios
Artículo
54

Artículo 54 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a hacer un trámite en el sistema SEITS, necesitas identificarte con tu CUTS (una clave electrónica que te identifica) si solo piden identificación básica. Si además necesitas demostrar quién eres legalmente, también debes usar tu Firma Electrónica Avanzada junto con la CUTS. Pero si el trámite no requiere identificación, puedes usarlo sin necesidad de registrarte ni mostrar nada.

Texto oficial

Artículo 54. Los tipos de identificación requeridos a las personas físicas o jurídicas colectivas para la ejecución de un trámite o servicio dentro del SEITS son: I. La CUTS, cuando sólo se requiera la identificación electrónica, y II. La CUTS y el certificado de Firma Electrónica Avanzada, cuando se requiera acreditar la personalidad jurídica. Las personas físicas o jurídicas colectivas podrán acceder al SEITS, sin la necesidad de identificarse, para la realización de aquellos trámites o servicios que, por su naturaleza, permitan llevarse a cabo de esta forma.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.