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Artículo 57 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 57 dice que, si estás participando en un trámite administrativo por internet usando el sistema SEITS, puedes pedir que te avisen de los pasos del proceso a través de un estrado electrónico (como un muro o tablero digital donde se publican los avisos). Solo tienes que solicitarlo antes para recibir las notificaciones por ese medio. Esto aplica para personas que ya están registradas y autorizadas en el sistema. Básicamente, te dan la opción de recibir los avisos legales de forma digital en lugar de en papel.

Texto oficial

Artículo 57. En los actos previstos en los procedimientos administrativos que se llevan a cabo a través del SEITS, las Personas Acreditadas podrán, previa solicitud, ser notificadas electrónicamente a través del estrado electrónico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.