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Artículo 60 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección es la que decide cómo deben hacerse los trámites y servicios digitales, como los que haces por internet o aplicación. Ella pone las reglas técnicas (los requisitos) para que todo funcione bien, según lo que ella misma diga sobre el uso de tecnologías como computadoras o redes. En pocas palabras, es la encargada de que puedas hacer tus gestiones en línea sin broncas.

Texto oficial

Artículo 60. La Dirección es la responsable de definir los requisitos técnicos para la automatización de los trámites y servicios digitales, de acuerdo con las especificaciones que dicte en materia de uso de tecnologías de la información y comunicación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.