Artículo 60 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección es la que decide cómo deben hacerse los trámites y servicios digitales, como los que haces por internet o aplicación. Ella pone las reglas técnicas (los requisitos) para que todo funcione bien, según lo que ella misma diga sobre el uso de tecnologías como computadoras o redes. En pocas palabras, es la encargada de que puedas hacer tus gestiones en línea sin broncas.
Texto oficial
Artículo 60. La Dirección es la responsable de definir los requisitos técnicos para la automatización de los trámites y servicios digitales, de acuerdo con las especificaciones que dicte en materia de uso de tecnologías de la información y comunicación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.