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Artículo 68 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una oficina llamada "la Dirección" es la que revisa y guarda en un registro oficial los certificados de firmas electrónicas de los servidores públicos. Estos certificados son como una firma digital que demuestra que un documento o mensaje es auténtico y viene de una persona de confianza. También se encarga de validar el "Sello Electrónico", que es un sello digital parecido que usan las dependencias del gobierno. Todo esto se guarda en un padrón, que es como una lista oficial de firmas electrónicas de empleados públicos.

Texto oficial

Artículo 68. La Dirección será la encargada de validar y registrar los certificados de Firma Electrónica Avanzada, Firma Electrónica y del Sello Electrónico contenidos en el Padrón de Certificados Electrónicos de Servidores Públicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.