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Artículo 93 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los negocios y dependencias que ofrecen trámites en línea deben mantener actualizada toda la información de esos servicios en las plataformas digitales que se usen para eso. Esto incluye los requisitos y datos que piden para realizar cualquier trámite o servicio digital en sus portales. Si algo cambia, como los documentos necesarios, tienen que actualizarlo rápido en esas herramientas. Así la gente que usa esos portales siempre encuentra información correcta y no se lleva sorpresas.

Texto oficial

Artículo 93. Será responsabilidad de los sujetos de la Ley mantener actualizada la información de sus trámites y servicios digitales en las herramientas tecnológicas, que para el efecto se habiliten, respecto de los requisitos y datos para la realización de los trámites y servicios digitales que presten a través de sus respectivos portales transaccionales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.