Artículo 96 del Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección (la oficina encargada) tiene que crear, manejar y dar mantenimiento al sitio de internet donde se publican los datos abiertos del Estado de México, o sea, información pública que cualquier persona puede usar. Además, todas las personas o instituciones que estén obligadas por esta ley deben seguir las reglas que ponga esa Dirección, siempre y cuando esas reglas estén de acuerdo con otras leyes que ya existen sobre el tema.
Texto oficial
Artículo 96. La Dirección es responsable de integrar, operar, administrar y brindar soporte al sitio de datos abiertos del Estado de México. Los sujetos de la Ley deben de observar los lineamientos que al respecto emita la Dirección, conforme a la normativa aplicable en la materia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.