Artículo 27 del Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 27 dice que una oficina del gobierno (llamada "la Secretaría") tiene que hacer tres cosas. Primero, organizar la manera en que se entrega la información cuando un funcionario deja su puesto y otro llega, trabajando con los encargados de cada área. Segundo, ayudar a que funcione un sistema de internet llamado SISER-WEB, donde las dependencias y organismos del gobierno suben los datos que se necesitan. Tercero, hacer todo lo que le pidan otras leyes o este reglamento.
Texto oficial
Artículo 27. La Secretaría se encargará de las siguientes acciones: I. Establecer mecanismos de planeación, coordinación e integración de información para el proceso de Entrega y Recepción Institucional, con los coordinadores institucionales responsables de cada dependencia y organismo auxiliar; II. Auxiliar en el desarrollo de la función del SISER-WEB, a través del cual, las Dependencias y Organismos Auxiliares reportarán la información en los formatos y mecanismos de operación que se establezcan para tal efecto, y III. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y el presente Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.