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Artículo 30 del Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno que está por terminar y el equipo del nuevo Gobernador pueden juntarse en reuniones para que el nuevo se entere de cómo están las oficinas del gobierno. Esas juntas se acuerdan y organizan a través de la Contraloría (la oficina que supervisa que todo se haga bien). Básicamente, es para que el que entra conozca el estado real de las dependencias antes de tomar el cargo.

Texto oficial

Artículo 30. La administración saliente y el equipo de trabajo de la o del Gobernador electo podrán definir la celebración de reuniones conjuntas para conocer la situación de las Dependencias y Organismos Auxiliares, las que se pactarán y coordinarán a través de la Contraloría. SECCIÓN TERCERA DEL CONTENIDO DEL INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.