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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl769/13
Ley
Reglamento de la Ley de la Comisión de Impacto Estatal
Artículo
13

Artículo 13 del Reglamento de la Ley de la Comisión de Impacto Estatal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando entregues tu solicitud con todos los requisitos generales y específicos en la Ventanilla Electrónica Única (que es un sistema de internet del gobierno), al momento te darán un comprobante de que ya quedó registrado tu trámite. Ese comprobante es como un ticket o recibo digital que prueba que hiciste el paso correctamente. No tienes que imprimir nada, solo guardarlo en tu correo o en la plataforma.

Texto oficial

Artículo 13. Una vez presentada la solicitud, y los Requisitos Generales y Específicos en la Ventanilla Electrónica Única, se acusará con Comprobante de Registro en Línea.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de la Comisión de Impacto Estatal (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.