- Ley
- Reglamento de la Ley de la Comisión de Impacto Estatal
- Artículo
- 47
Artículo 47 del Reglamento de la Ley de la Comisión de Impacto Estatal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la Comisión de Impacto Estatal te da una resolución con la que no estás de acuerdo, tienes derecho a inconformarte. Puedes presentar un recurso de inconformidad (es como pedirles que revisen su decisión) ante la misma Comisión. Otra opción es llevar el caso a un juicio contencioso administrativo (un juicio especial contra autoridades) en el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México. Ambas opciones deben hacerse según lo que marquen las leyes correspondientes.
Texto oficial
Artículo 47. En contra de las resoluciones emitidas por la Comisión se podrá interponer el recurso de inconformidad ante la misma autoridad o juicio contencioso administrativo ante el Tribunal de REGLAMENTO DE LA LEY DE LA COMISIÓN DE IMPACTO ESTATAL 26 Justicia Administrativa del Estado de México, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. CAPÍTULO VI DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES
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