Artículo 101 del Reglamento de Tránsito del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Solo puedes reparar tu coche en la calle si es una emergencia, como una descompostura repentina. En ese caso, debes poner señales de advertencia: si la calle es de un solo sentido, coloca un triángulo o bandera a 30 metros detrás de tu auto, en medio del carril. Si la calle tiene dos sentidos, además pon otro a 30 metros adelante. Si estás en una curva o subida, las señales van a 50 metros tanto adelante como atrás. Prohíben hacerse el que tiene falla mecánica solo para estacionarte un rato, y los talleres no pueden usar la banqueta o la calle para reparar coches.
Texto oficial
Artículo 101.- En las vías públicas únicamente podrán efectuarse reparaciones a vehículos cuando éstas sean debidas a una emergencia, en cuyo caso el conductor deberá realizar lo siguiente: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 21 de septiembre de 1992. Última reforma POGG: 10 de noviembre de 2025. REGLAMENTO DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO 38 I. Si la vía es de un solo sentido, se colocará un dispositivo a 30 metros hacia atrás, en el centro del carril que ocupa el vehículo. Si la vía es de circulación en ambos sentidos, se colocará además otro dispositivo a 30 metros hacia adelante en el centro del carril que ocupa el vehículo; II. La colocación de las banderas o dispositivos de seguridad en curva o cima, o lugar de poca visibilidad, se hará para advertir al frente y la parte posterior del vehículo estacionado, a una distancia no menor de 50 metros del lugar obstruido; y III. Si los vehículos tienen más de 2 metros de ancho, deberá colocarse atrás una bandera o dispositivo de seguridad adicional, a no menos de 3 metros del vehículo y a una distancia tal de la orilla derecha, de la superficie de rodamiento que indique la parte que está ocupando el vehículo. Queda prohibido estacionarse simulando una falla mecánica, con el propósito de pararse de manera momentánea o temporal. Los talleres o negociaciones que se dediquen a la reparación de vehículos, bajo ningún concepto podrán utilizar las vías públicas para ese objeto; en caso contrario los agentes de tránsito deberán retirarlos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.