Artículo 106 ter del Reglamento de Tránsito del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un conductor comete una infracción de tránsito y además tiene señales de que va borracho o bajo el efecto de drogas, lo van a llevar con el juez municipal o al ministerio público si el asunto es más grave. Todos los conductores están obligados a hacerse la prueba de alcohol o drogas que les aplique el médico del municipio. Los policías de tránsito pueden detener tu carro si hay operativos para revisar si has tomado alcohol o usado drogas, y también cuando apoyen a la Secretaría de Movilidad en estos operativos.
Texto oficial
Artículo 106 ter. Todos los conductores de vehículos a quienes se les encuentre cometiendo actos que violen las disposiciones del presente Reglamento y muestren síntomas de que conducen en Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 21 de septiembre de 1992. Última reforma POGG: 10 de noviembre de 2025. REGLAMENTO DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO 40 estado de ebriedad o bajo los efectos de enervantes, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o tóxicas serán presentados ante el oficial calificador del municipio que compete o al ministerio público, cuando el hecho sea constitutivo de delito, según corresponda. Todos los conductores de vehículos están obligados a someterse a las pruebas para la detección del grado de intoxicación por el médico adscrito a la oficialía calificadora del municipio que corresponda. Los agentes de tránsito o vialidad pueden detener la marcha de un vehículo cuando la Secretaría de Seguridad o los ayuntamientos establezcan y lleven a cabo operativos o programas de control y preventivos de ingestión de alcohol u otras substancias tóxicas para los conductores de vehículos. Asimismo, podrán detener la marcha de un vehículo cuando, en coordinación con la Secretaría de Movilidad, apoyen a ésta para que en el ámbito de su competencia ejecute de acciones con los mismos fines.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.