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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl79/119
Ley
Reglamento de Tránsito del Estado de México
Artículo
119

Artículo 119 del Reglamento de Tránsito del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estacionas tu coche en un lugar prohibido o en doble fila, y no estás presente, o si estás pero no puedes o no quieres moverlo, la autoridad (como la policía de tránsito) puede quitar tu coche de inmediato y llevarlo al lugar permitido más cercano. También te van a quitar la placa delantera. Si tú estás ahí y mueves el coche del lugar prohibido, solamente te van a multar, sin llevarse el auto.

Texto oficial

Artículo 119.- En el caso de vehículos estacionados en lugar prohibido o en doble fila, se deberá atender a las disposiciones siguientes: I. La autoridad competente retirará el vehículo estacionándolo de manera inmediata en el lugar mas próximo en que no exista restricción y le retirará la placa delantera, cuando no esté presente el conductor, o bien éste no quiera o no pueda mover el vehículo. II. En caso de que esté presente el conductor y remueva su vehículo del lugar prohibido, solo se levantará la infracción que proceda; y III. Derogada

Ver texto oficial del Reglamento de Tránsito del Estado de México (pág. 45) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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