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Artículo 120 del Reglamento de Tránsito del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Primero tienes que pagar todas las multas, los gastos de mover el carro (traslado) y lo que te cobren por tenerlo guardado (depósito), si es que te los aplicaron. Solo hasta que liquides todo eso, te podrán devolver tu vehículo. Además, si tu coche está pintado con los colores de alguna empresa o ruta de transporte público (como un taxi o camión autorizado), tendrás que quitarle esa pintura antes de que te lo entreguen. Es decir, no te lo sueltan si no pagas todo y, en su caso, si no le borras esos colores. Todo esto se hace siguiendo las reglas del reglamento, sin excepciones.

Texto oficial

Artículo 120.- Sólo después de haberse cubierto el importe de las multas, traslado y depósito si los hubiere, se procederá a la entrega de los vehículos, en términos de lo dispuesto en este reglamento. En caso de que el vehículo retenido porte colores de empresa o ruta de servicio público autorizado, deberá ser despintado por el interesado previo a la liberación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 45) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.