Artículo 40 Bis del Reglamento de Tránsito del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En el Estado de México, ahora puedes tener tu licencia de manejo para moto o carro particular en versión digital en tu celular, además de la física de plástico. Para obtenerla, primero debes tener la licencia física y luego pedirla por una app que indique la Secretaría de Movilidad. La licencia digital en la app vale igual que la física, solo la muestras en tu teléfono si un policía te la pide, y él la revisa en el mismo sistema. También puedes renovar o reponer la licencia desde la app, pero te llegará una nueva física por correo o podrás recogerla en un módulo; si no la recoges a tiempo, la digital puede dejar de servir.
Texto oficial
Artículo 40 Bis. Las licencias para conducir motocicletas y vehículos automotores de servicio particular podrán expedirse en versión digital como documento electrónico adicional al documento físico en términos de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, su Reglamento y las disposiciones jurídicas que al efecto emita la Secretaría de Movilidad. Las personas interesadas podrán solicitar la licencia de conducir en versión digital a través de la aplicación electrónica para dispositivos móviles que al efecto determine la Secretaría de Movilidad, siempre y cuando ya cuenten con una licencia física obtenida en un módulo de expedición de licencias de la Secretaría de Movilidad; previa acreditación de la totalidad de los requisitos señalados para el tipo de documento de que se trate. En el Estado de México, las licencias de conducir en versión digital tendrán la misma validez que sus versiones físicas para efectos del presente Reglamento, siempre y cuando el conductor la muestre a la autoridad correspondiente a través de la aplicación electrónica para dispositivos móviles que al efecto determine la Secretaría de Movilidad; la autoridad deberá validar dicho documento a través de cualquiera de los medios habilitados en la propia aplicación. Los trámites de renovación o reposición de la licencia de conducir en versión digital, se podrán realizar a través de la aplicación electrónica para dispositivos móviles que al efecto determine la Secretaría de Movilidad, previa acreditación de los requisitos establecidos y pago de derechos correspondientes, la persona interesada, al realizar dichos trámites, acepta la renovación o reposición de la versión física de la licencia, la cual, a elección del solicitante, podrá ser enviada a su domicilio, a través de correo postal o entregarse en el módulo correspondiente en los plazos que establezca la Secretaría de Movilidad. La licencia de conducir en versión digital se obtendrá de manera inmediata a través de la misma aplicación, pero, cuando así lo haya elegido, su vigencia estará condicionada a que el solicitante acuda a recoger su versión física en el módulo correspondiente en los plazos establecidos. La licencia de conducir en versión digital y la aplicación electrónica para dispositivos móviles, estarán Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 21 de septiembre de 1992. Última reforma POGG: 10 de noviembre de 2025. REGLAMENTO DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO 14 sujetas a las normas técnicas y demás disposiciones jurídicas que emita la Secretaría de Movilidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.