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Artículo 63 del Reglamento de Tránsito del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

No puedes manejar en sentido contrario, es decir, en contra del tráfico. Solo los vehículos de emergencia como ambulancias, bomberos o patrullas de la policía tienen permitido hacerlo, y únicamente cuando sea una emergencia de verdad.

Texto oficial

Artículo 63. Se prohíbe la circulación en sentido contrario; sólo en caso de emergencia podrán hacerlo las ambulancias, los vehículos del cuerpo de bomberos, así como, de las Instituciones de Seguridad Pública de los distintos niveles de gobierno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.