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Artículo 73 del Reglamento de Tránsito del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esto significa que si los semáforos te ponen la luz verde para avanzar, pero la calle de enfrente está llena de carros y no hay espacio para que tú entres, no debes avanzar. Te tienes que quedar en tu lugar aunque el semáforo te deje pasar, para no atorar el crucero. Lo mismo aplica en cruces sin semáforo: si ves que no hay espacio del otro lado, no te metas para no estorbar. Básicamente, no vale la pena pasarte si solo vas a tapar la intersección.

Texto oficial

Articulo 73.- Cuando los semáforos permitan el desplazamiento de vehículos en un crucero, pero en el momento no haya espacio libre en la cuadra siguiente para que los vehículos avancen, queda prohibido continúa, la marcha cuando al hacerlo se obstruya la circulación en la intersección. Se aplica la misma regla cuando el crucero carezca de señalamiento por semáforos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.